Despacho de la Secretaría Distrital de Gobierno | a. Formular la política general y evaluar y aprobar los planes anuales de las actividades de la Secretaría, conforme a los lineamientos que señale el Alcalde Mayor.
b. Formular políticas en materia de seguridad, justicia, protección y promoción de derechos y libertades públicas y de gestión local, de conformidad con los lineamientos que señale el Alcalde Mayor.
c. Diseñar y poner a consideración del Alcalde Mayor, las políticas, planes y programas de seguridad y orden público y desarrollo local tendientes a fortalecer la capacidad de Gobierno de las localidades del Distrito Capital. | |
Alcaldías Locales | a. Coordinar la acción administrativa del Distrito en la localidad.
b. Garantizar el desarrollo armónico e integrado de la localidad.
c. Coordinar la gestión administrativa asignada a las Inspecciones de Policía, Casas de Justicia y al programa de Mediación y Conciliación. | |
OFICINA DE ASUNTOS DISCIPLINARIOS | a. Asesorar al Despacho y demás dependencias de la Secretaría de Gobierno en las aplicaciones del Régimen Disciplinario.
b. Adelantar en la primera instancia la investigación de los procesos disciplinarios de su competencia y remitirlos al Secretario de Gobierno por conducto de la Oficina Asesora de Jurídica para que sustancie y proyecte la segunda instancia.
c. Recepcionar y tramitar las quejas e informes sobre conductas disciplinables de los servidores públicos de la Secretaría. | |
OFICINA ASESORA DE JURÍDICA | a. Diseñar los procedimientos y mecanismos de seguimiento y evaluación del Sistema de Control Interno de la Secretaría.
b. Realizar la evaluación de gestión a partir de la aplicación de los indicadores elaborados para tal efecto y sugerir las modificaciones pertinentes.
c. Vigilar que los servicios a cargo de la Secretaría se presenten de acuerdo con las normas legales vigentes y rendir un informe semestral sobre el particular. | |
DIRECCIÓN DE GESTIÓN HUMANA | a. Asesorar al Secretario de Gobierno y por su conducto a las dependencias de la Secretaría en el conocimiento, revisión y trámite de conceptos, fallos y asesorías de los asuntos jurídicos que le corresponda resolver, bien por ser de su directa competencia, o por delegación de funciones y en general en todas las actuaciones que comprometan la posición institucional jurídica de la Secretaría.
b. Asesorar al Secretario de Gobierno y a las dependencias en la elaboración de los proyectos de normas y actos administrativos que se deban expedir o hayan de someterse al Concejo de Bogotá o al Gobierno Distrital.
c. Revisar los proyectos de actos administrativos que el Secretario de Gobierno deba firmar y conceptuar sobre su constitucionalidad y legalidad.
d. Generar las herramientas necesarias, tales como proformas, formatos, manuales o instructivos relacionados con los temas de su competencia, para garantizar que las dependencias actúen conforme a la normatividad vigente
e. Elaborar y revisar los contratos de la Secretaría de Gobierno. | |
DIRECCIÓN DE SEGUIMIENTO Y ANÁLISIS ESTRATÉGICO | a. Dirigir y diseñar, de acuerdo con lo que disponga el Secretario de Gobierno, las políticas, planes y programas que se deban implantar para el desarrollo integral del talento humano.
b. Responder por la elaboración y actualización del manual de funciones y de competencias laborales.
c. Responder por la custodia y actualización de las historias laborales del personal activo o inactivo de la Secretaría de Gobierno. | |
DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS | a. Hacer el seguimiento a los proyectos de acuerdo que cursen en el Concejo Distrital y presentar por conducto de la Secretaría de Gobierno, a la Alcaldía Mayor, las observaciones relacionadas con la conveniencia o inconveniencia de cada proyecto así como su legalidad o ilegalidad.
b. Compilar y sistematizar los acuerdos del Concejo.
c. Identificar los frentes reales y potenciales que constituyan problemas para la gobernabilidad de la ciudad y hacer las recomendaciones pertinentes para lograr la solución a estos. | |
CONSEJO DE JUSTICIA | a. Conocer en única instancia de los impedimentos y recusaciones de los Inspectores de Policía y de los Alcaldes Locales.
b. Conocer en única instancia de los conflictos de competencia que se susciten entre los Inspectores de Policía y los Alcaldes Locales.
c. Conocer en segunda instancia de los procesos de policía salvo las excepciones de ley. | |
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LOCALES Y DESARROLLO CIUDADANO | a. Elaborar en coordinación con las diferentes dependencias a su cargo y con sujeción al Plan de Desarrollo Distrital, los planes, programas, proyectos y el plan de acción de la Subsecretaría y presentarlos al Secretario para su adopción.
b. Formular las políticas y los planes generales referidos a la gestión a nivel local y someterlos a consideración del Secretario de Gobierno, y por su conducto, al Alcalde Mayor.
c. Apoyar a las localidades en el diseño de los planes, programas y proyectos para la ejecución de las políticas de descentralización del Distrito Capital formuladas por las autoridades competentes, en materia de desarrollo local. | |
DIRECCIÓN DE APOYO A LOCALIDADES | a. Proponer a la Subsecretaría políticas de fortalecimiento de la gestión de las localidades.
b. Diseñar y formular acciones tendientes al fortalecimiento de la gestión local por medio de la capacitación, sistematización, diseño de métodos y procedimientos que le permita a las Alcaldías Locales cumplir con sus planes, programas y proyectos.
c. Diseñar y ejecutar programas específicos para fortalecer a las localidades en el ejercicio y cumplimiento de las normas. | |
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PARA LA CONVIVENCIA Y SEGURIDAD | a. Formular las políticas y los planes generales referidos al apoyo a la justicia y a la seguridad ciudadana y someterlos a consideración del Secretario de Gobierno, y por su conducto, al Alcalde Mayor.
b. Elaborar en coordinación con las diferentes dependencias a su cargo y con sujeción al Plan de Desarrollo Distrital, los planes, programas y proyectos y el correspondiente Plan de Acción de la Subsecretaría y presentarlos al Secretario de Gobierno para su adopción.
c. Diseñar y formular proyectos y programas de derechos humanos, apoyo a la justicia y garantía de derechos y libertades individuales; siguiendo los lineamientos que para el efecto señale el Secretario de Gobierno. | |